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Directrices para revisores

Los revisores de la Revista se acogen a los siguientes parámetros dentro del proceso de evaluación: 

  • Si un revisor tiene un interés personal, profesional o financiero que podría hacer que se beneficie de la revisión de un manuscrito, el revisor debe informar el conflicto de intereses a los editores de la revista de inmediato, en lugar de realizar la revisión.
  • Un revisor no debe revelar el contenido de ningún manuscrito a menos que el manuscrito sea aceptado para su publicación y, en ese caso, solo después de la publicación.
  • Si un revisor tiene evidencia de plagio por parte del autor de un manuscrito, el revisor debe informarlo a los editores de la revista de inmediato.
  • Si un revisor tiene evidencia de envio duplicado por parte del autor de un manuscrito, el revisor debe informarlo a los editores de la revista de inmediato.
  • Los revisores deben evitar el uso de lenguaje inmoderado o irrespetuoso en sus dictámenes sobre manuscritos.

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 Responsabilidades 

La Revista Journal of Education and Technology Trends  cuenta con un formato de evaluación para los árbitros, en el que se incluyen todos los criterios utilizados para la evaluación de los artículos, considerando su calidad académica, pertinencia, rigor en la investigación y aportes al campo de estudio.

Los revisores se comprometen:

  • Hacer contribuciones a las decisiones editoriales: La evaluación por pares proporciona al editor elementos cruciales para tomar decisiones editoriales. En este sentido, el Editor de Journal of Education and Technology Trends es un vínculo importante entre el revisor y el autor porque este diálogo permite mejorar el documento en términos de forma y calidad de presentación.
  • Pertinencia y calificación: Cuando un árbitro es llamado a evaluar un artículo y no se siente calificado para revisar el documento, debe comunicar esta situación al Editor.
  • Confidencialidad: La Revista Journal of Education and Technology Trends declara que todos los documentos recibidos para evaluación deben ser preservados como confidenciales. No deben ser presentados, revisados, discutidos o analizados con terceros, salvo autorización del Editor.
  • Normas de objetividad: Los comentarios, observaciones, críticas y correcciones de los árbitros, deberán realizarse con objetividad. La crítica, comentario o corrección personal al autor es inconveniente. En este sentido, los árbitros deberán expresar sus opiniones con claridad y, en todo caso, sustentadas en argumentos derivados de su conocimiento sobre el tema.
  • Reconocimiento adecuado de las fuentes: los pares revisores podrán recomendar a los autores, la inclusión de citas o referencias bibliográficas que consideren relevantes para el documento evaluado y que no hayan sido citadas por los autores. Toda afirmación, observación, derivación o argumento que haya sido previamente publicado deberá ser debidamente citado. Un árbitro también puede comunicarse con el editor si sospecha que el manuscrito bajo evaluación tiene alguna aproximación sustancial o parcial con algún otro documento publicado que tenga conocimiento personal.
  • Declaración de conflictos de interés: Los elementos originales e inéditos incluidos en un artículo recibido por los árbitros, sin el consentimiento del autor, así como todo tipo de información, ideas, imágenes, gráficos, entre otros, derivados de la revisión por pares, son confidenciales y por lo tanto no serán utilizados de manera privilegiada para el beneficio personal de los pares evaluadores. Adicionalmente, los árbitros también deberán declarar su impedimento en caso de confrontar conflicto de intereses.

Todos los reclamos se recibirán por escrito, por correo a través del portal OJS: enlace o correo institucional.

 


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